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Guarda aquí las embarcaciones que te enamoran y con las que quieres navegar sin fin.
Comprar un barco, ya sea nuevo o de segunda mano, implica una inversión importante. Por este motivo, es fundamental conocer qué garantías te corresponden, cuáles son tus derechos como comprador y qué obligaciones tiene el vendedor según el tipo de operación.
A continuación, te explicamos las diferencias legales entre comprar a un particular o a una empresa náutica, y qué cobertura debe ofrecer una embarcación nueva.
¿QUÉ GARANTÍA DEBE OFRECERME EL VENDEDOR DE UN BARCO DE OCASIÓN?
La garantía de una embarcación usada dependerá de quién sea el vendedor: un particular o una empresa náutica profesional.
1. Compra de un barco entre particulares: Cuando comprador y vendedor son particulares, la operación se regula por el Código Civil de 1889. En este caso:
La garantía máxima es de 1 año, salvo que ambas partes acuerden lo contrario (incluyendo la posibilidad de pactar que no exista ninguna garantía, algo legal según el artículo 1485 del Código Civil).
Durante los primeros 6 meses, se presume que cualquier fallo ya existía en el momento de la venta.
Desde los 6 meses hasta 1 año, la carga de la prueba cambia, ya que es el comprador quien debe demostrar que el fallo es un vicio oculto presente antes de la compraventa. Si no puede demostrarlo, los costes de reparación recaen totalmente sobre el comprador.
En resumen: La protección legal del comprador en compraventas entre particulares es limitada.
2. Compra de un barco de segunda mano a una empresa náutica: Cuando el vendedor es un profesional del sector (astillero, náutica, bróker…), la operación se rige por la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Esto supone ventajas muy importantes para el comprador:
La garantía nunca puede ser inferior a 1 año.
Todos los problemas que aparezcan durante ese período deben ser cubiertos por el vendedor.
La responsabilidad de demostrar que el fallo se debe a un mal uso del comprador recae en el vendedor profesional.
En resumen: En este caso, el comprador está mucho más protegido y la operación ofrece mayor seguridad jurídica.
Si estás comprando un barco totalmente nuevo, la garantía legal es todavía mayor.
GARANTÍA DE 3 AÑOS PARA EMBARCACIONES NUEVAS
Desde el 1 de enero de 2022, cualquier embarcación nueva cuenta con una garantía legal mínima de 3 años, siempre que:
El comprador cumpla las condiciones de mantenimiento establecidas por el fabricante.
Las revisiones oficiales se realicen según lo indicado en el manual del barco.
La gestión de las reparaciones depende directamente del astillero fabricante, y el distribuidor debe entregar y explicar las condiciones de garantía con transparencia.
Importante: Esta garantía no puede ser inferior a 3 años bajo ningún concepto, tal como recoge la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Si bien comprar a un particular puede resultar más económico, hacerlo a través de una empresa náutica o bróker profesional garantiza:
Mayor protección legal.
Garantía mínima establecida por ley.
Más seguridad ante posibles vicios ocultos.
Acompañamiento experto durante todo el proceso de compraventa.